{"concept":{"id":87,"slug":"plusvalia","term":"Plusvalía","shortDefinition":"Ganancia sujeta a tributación al vender un activo por un precio superior al que se pagó por él -- se materializa al vender, no antes, y no debe confundirse con ningún método de valoración.","longDefinition":"La plusvalía es la ganancia sujeta a tributación que se obtiene al vender un activo por un precio superior al que se pagó por él -- ya citada en el Módulo 4 como el coste fiscal de rebalancear una posición que ha ganado valor. Se calcula sobre los precios reales de compra y venta, y se materializa únicamente al vender: mientras el activo no se venda, no hay plusvalía sujeta a tributación, por mucho que su precio haya subido. No debe confundirse con el valor intrínseco ni con el margen de seguridad, ya vistos en Nivel 3 -- son herramientas para decidir a qué precio comprar o vender, mientras que la plusvalía es la magnitud fiscal resultante de la venta ya realizada."},"relations":{"requirement":[],"contrast":[],"related":[{"concept":{"id":85,"slug":"rebalanceo","term":"Rebalanceo","shortDefinition":"Volver a acercar los pesos reales de una cartera a su asignación de activos objetivo cuando se han desviado de ella -- no es decidir una nueva asignación, es reajustar la cartera respecto de la ya decidida.","longDefinition":"El rebalanceo es la acción de volver a acercar los pesos reales de una cartera a su asignación de activos objetivo, ya decidida en el Módulo 1, cuando esos pesos se han desviado de ella -- vendiendo parte de lo que ha crecido por encima de su peso objetivo, comprando lo que ha quedado por debajo, o ambas cosas. No es decidir una nueva asignación de activos: la asignación objetivo se mantiene igual, y rebalancear es la acción de reajustar la cartera respecto de ella, no de cambiarla. Sin rebalanceo, una cartera puede derivar con el tiempo hacia un riesgo de concentración no deseado, ya visto en el Módulo 3, y perder parte del beneficio de la diversificación decidida en el Módulo 2. Implica comprar y vender, lo que tiene un coste de transacción y puede generar un coste fiscal real que deben pesar frente al beneficio de corregir la desviación."}},{"concept":{"id":86,"slug":"dividendo","term":"Dividendo","shortDefinition":"Parte del beneficio que una empresa reparte a sus accionistas -- una renta periódica que tributa al percibirse, distinta del cupón que paga un bono.","longDefinition":"El dividendo es la parte del beneficio que una empresa decide repartir entre sus accionistas, ya vistas las acciones en el Módulo 2 de Nivel 1. No es lo mismo que el cupón que paga un bono: el cupón es un pago pactado de antemano por prestar dinero, mientras que el dividendo depende de que la empresa obtenga beneficio y decida repartirlo, y puede variar de un periodo a otro o no producirse. Para un inversor particular en España, el dividendo tributa al percibirse, con independencia de que se mantenga o se venda la acción que lo reparte."}},{"concept":{"id":88,"slug":"compensacion-de-perdidas","term":"Compensación de pérdidas","shortDefinition":"Mecanismo fiscal que permite descontar las pérdidas de venta de las plusvalías obtenidas, reduciendo la base sujeta a tributación -- un mecanismo fiscal neutral, no un sesgo psicológico.","longDefinition":"La compensación de pérdidas es el mecanismo fiscal que permite descontar las pérdidas obtenidas al vender un activo por debajo de su precio de compra de las plusvalías obtenidas en otras ventas, reduciendo así la base sujeta a tributación en su conjunto. Es un mecanismo puramente fiscal y neutral -- no tiene relación con la aversión a la pérdida, ya vista en el Módulo 8 de Nivel 1, que es la tendencia psicológica a sentir el malestar de una pérdida con más intensidad que el placer de una ganancia equivalente. Son conceptos distintos: uno describe cómo tributa una cartera, el otro describe un sesgo en la toma de decisiones del inversor."}}],"calculatedBy":[]},"curricularPosition":[{"id":80,"moduleId":29,"slug":"tributacion-de-dividendos-y-plusvalias","title":"¿Cómo tributan los dividendos y las plusvalías en España?","summary":"Entiendes qué es un dividendo y qué es una plusvalía, y el principio general de cómo tributa cada uno para un inversor particular en España.","bodyMarkdown":"## Objetivos\n\nAl terminar esta lección entiendes qué es un dividendo y qué es una plusvalía, y el principio general de cómo tributa cada uno para un inversor particular en España.\n\n## Contenido\n\nEl Módulo 4 mencionó que rebalancear una cartera puede generar una ganancia sujeta a impuestos. Este módulo desarrolla ese coste fiscal con profundidad, junto con el otro tipo de renta que recibe habitualmente un inversor: los dividendos.\n\nEl dividendo es la parte del beneficio que una empresa decide repartir entre sus accionistas, ya vistas en el Módulo 2 de Nivel 1. No es lo mismo que el cupón que paga un bono: el cupón es un pago pactado de antemano por prestar dinero, mientras que el dividendo depende de que la empresa obtenga beneficio y decida repartirlo, y puede variar de un periodo a otro o no producirse en absoluto. Para un inversor particular en España, el dividendo tributa al percibirse, con independencia de que se mantenga o se venda la acción que lo reparte.\n\nLa plusvalía es la ganancia patrimonial que puede surgir cuando se transmite (por ejemplo, al vender) un activo por un valor superior a su valor de adquisición -- precisamente el coste fiscal de rebalancear, ya citado en el Módulo 4. A efectos fiscales, la ganancia se determina, con carácter general, por la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición, no simplemente entre el precio de venta y el precio de compra: la normativa contempla también determinados gastos y tributos inherentes a la operación. A diferencia del dividendo, la plusvalía se materializa únicamente al transmitirse el activo: mientras no se venda, no hay ninguna ganancia patrimonial sujeta a tributación, por mucho que su valor haya subido sobre el papel.\n\nDividendo y plusvalía son, por tanto, dos tipos de renta con un desencadenante fiscal distinto: uno tributa al percibirse, el otro solo al materializarse con la venta. En España, ambos se integran, con carácter general, en la tributación correspondiente a la base del ahorro, y ambos están sujetos a tramos progresivos que aumentan según el importe. Esta lección explica el principio -- que existen tramos progresivos y qué determina cuándo tributa cada renta --, no los porcentajes concretos vigentes en un momento dado: esos tipos cambian con el tiempo, y una cifra fija aquí quedaría desactualizada. Lo que no cambia es el mecanismo: entender cuándo se genera cada tipo de renta y qué la hace tributar es lo que permite seguir cualquier cambio normativo posterior sin perder el criterio de fondo.\n\nEs importante no confundir la plusvalía fiscal con el valor intrínseco ni con el margen de seguridad, ya vistos en Nivel 3: esos son criterios para decidir a qué precio comprar o vender, mientras que la plusvalía es la magnitud fiscal que resulta de una transmisión ya realizada, calculada sobre los valores reales de adquisición y transmisión, no sobre ninguna estimación de valor.\n\n## Ejemplo\n\nUn inversor compra acciones por 1.000 € y, mientras las mantiene, recibe un dividendo de 20 €, que tributa en el momento de percibirlo. Más adelante vende esas mismas acciones por 1.300 €: la diferencia de 300 € representa, en este ejemplo simplificado, una ganancia patrimonial de 300 €, que tributa en el momento de la venta -- no antes, aunque el precio hubiera subido meses atrás.\n\n## Errores frecuentes\n\n- Confundir el dividendo con el cupón de un bono -- son rentas de naturaleza distinta, una depende del beneficio repartido por una empresa, la otra es un pago pactado de antemano.\n- Pensar que una plusvalía no realizada -- el precio ha subido pero el activo no se ha vendido -- ya está sujeta a tributación.\n\n## Resumen\n\nEl dividendo tributa al percibirse; la plusvalía, solo al materializarse con la transmisión del activo, calculada como la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición. Ambos se integran, con carácter general, en la base del ahorro en España y están sujetos a tramos progresivos, pero esta lección se centra en el mecanismo -- cuándo tributa cada renta --, no en los porcentajes concretos, que cambian con el tiempo.\n\n## Autoevaluación\n\n¿Por qué el dividendo y la plusvalía tributan en momentos distintos?\n\n¿Por qué la plusvalía fiscal no debe confundirse con el valor intrínseco ni con el margen de seguridad de Nivel 3?","bodyHtml":"<h2>Objetivos</h2>\n<p>Al terminar esta lección entiendes qué es un dividendo y qué es una plusvalía, y el principio general de cómo tributa cada uno para un inversor particular en España.</p>\n<h2>Contenido</h2>\n<p>El Módulo 4 mencionó que rebalancear una cartera puede generar una ganancia sujeta a impuestos. Este módulo desarrolla ese coste fiscal con profundidad, junto con el otro tipo de renta que recibe habitualmente un inversor: los dividendos.</p>\n<p>El dividendo es la parte del beneficio que una empresa decide repartir entre sus accionistas, ya vistas en el Módulo 2 de Nivel 1. No es lo mismo que el cupón que paga un bono: el cupón es un pago pactado de antemano por prestar dinero, mientras que el dividendo depende de que la empresa obtenga beneficio y decida repartirlo, y puede variar de un periodo a otro o no producirse en absoluto. Para un inversor particular en España, el dividendo tributa al percibirse, con independencia de que se mantenga o se venda la acción que lo reparte.</p>\n<p>La plusvalía es la ganancia patrimonial que puede surgir cuando se transmite (por ejemplo, al vender) un activo por un valor superior a su valor de adquisición -- precisamente el coste fiscal de rebalancear, ya citado en el Módulo 4. 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Esta lección explica el principio -- que existen tramos progresivos y qué determina cuándo tributa cada renta --, no los porcentajes concretos vigentes en un momento dado: esos tipos cambian con el tiempo, y una cifra fija aquí quedaría desactualizada. Lo que no cambia es el mecanismo: entender cuándo se genera cada tipo de renta y qué la hace tributar es lo que permite seguir cualquier cambio normativo posterior sin perder el criterio de fondo.</p>\n<p>Es importante no confundir la plusvalía fiscal con el valor intrínseco ni con el margen de seguridad, ya vistos en Nivel 3: esos son criterios para decidir a qué precio comprar o vender, mientras que la plusvalía es la magnitud fiscal que resulta de una transmisión ya realizada, calculada sobre los valores reales de adquisición y transmisión, no sobre ninguna estimación de valor.</p>\n<h2>Ejemplo</h2>\n<p>Un inversor compra acciones por 1.000 € y, mientras las mantiene, recibe un dividendo de 20 €, que tributa en el momento de percibirlo. Más adelante vende esas mismas acciones por 1.300 €: la diferencia de 300 € representa, en este ejemplo simplificado, una ganancia patrimonial de 300 €, que tributa en el momento de la venta -- no antes, aunque el precio hubiera subido meses atrás.</p>\n<h2>Errores frecuentes</h2>\n<ul><li>Confundir el dividendo con el cupón de un bono -- son rentas de naturaleza distinta, una depende del beneficio repartido por una empresa, la otra es un pago pactado de antemano.</li><li>Pensar que una plusvalía no realizada -- el precio ha subido pero el activo no se ha vendido -- ya está sujeta a tributación.</li></ul>\n<h2>Resumen</h2>\n<p>El dividendo tributa al percibirse; la plusvalía, solo al materializarse con la transmisión del activo, calculada como la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición. 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Esta lección cierra el módulo repasando los errores más frecuentes al aplicar estos tres conceptos -- una lista educativa, no un sustituto del asesoramiento fiscal personalizado para un caso concreto.\n\nEl primer error es confundir el dividendo con el cupón de un bono, tratándolos como si fueran la misma renta -- ya visto en la primera lección, son rentas de naturaleza distinta.\n\nEl segundo error es pensar que una plusvalía tributa por el simple hecho de que el precio de un activo haya subido, sin haberse vendido. La plusvalía se materializa al vender, no antes -- confundir esto lleva a declarar de más, o a creer erróneamente que hay una obligación fiscal antes de que exista.\n\nEl tercer error es dejar que la aversión a la pérdida, el sesgo psicológico ya visto en el Módulo 8 de Nivel 1, impida aprovechar la compensación de pérdidas cuando vender tendría sentido por otros motivos. Son conceptos distintos -- uno psicológico, otro fiscal --, pero el sesgo puede llevar a evitar una venta que reduciría la base sujeta a tributación de forma legítima.\n\nEl cuarto error es no llevar un registro claro de las fechas y los precios de compra de cada posición. Calcular correctamente una plusvalía o una pérdida exige saber con precisión cuánto se pagó y cuándo -- un registro incompleto complica, y puede distorsionar, cualquier cálculo fiscal posterior, con independencia de los tipos impositivos vigentes en cada momento.\n\n## Ejemplo\n\nUn inversor que vende una posición perdedora únicamente por el malestar de verla en rojo en su cuenta, sin considerar que esa venta reduciría su base sujeta a tributación mediante la compensación de pérdidas, está dejando que un sesgo psicológico le impida aprovechar un mecanismo fiscal legítimo.\n\n## Errores frecuentes\n\n- Pensar que este contenido sustituye una consulta con un profesional para un caso fiscal concreto.\n- Dar por hecho que las reglas fiscales aprendidas aquí seguirán siendo exactamente iguales en el futuro, en vez de entender el mecanismo que las sostiene.\n\n## Resumen\n\nLos errores fiscales más frecuentes al invertir suelen venir de confundir dividendo y cupón, de tributar sobre plusvalías no materializadas, de dejar que la aversión a la pérdida impida usar la compensación de pérdidas, y de no llevar un registro claro de las operaciones.\n\n## Autoevaluación\n\n¿Por qué no declarar una plusvalía hasta que se vende el activo es el criterio correcto, y no un error?\n\n¿Por qué llevar un registro claro de fechas y precios de compra importa con independencia de los tipos impositivos vigentes?","bodyHtml":"<h2>Objetivos</h2>\n<p>Al terminar esta lección entiendes los errores fiscales más frecuentes al invertir, sin que sustituyan el asesoramiento fiscal personalizado.</p>\n<h2>Contenido</h2>\n<p>Las dos lecciones anteriores presentaron el dividendo, la plusvalía y la compensación de pérdidas. 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Esta lección no repite esos criterios: trata la revisión periódica en un sentido más amplio, del que rebalancear es solo una de las acciones posibles, no la única.\n\nRevisar una cartera periódicamente significa comprobar si sigue siendo coherente con el perfil de riesgo y el horizonte temporal del inversor -- no solo si los pesos de cada posición se han desviado de la asignación original. Las circunstancias vitales cambian: un cambio de ingresos, la proximidad de una meta financiera, o una variación real en la tolerancia al riesgo del inversor pueden justificar revisar la propia asignación de activos, no solo reajustarla a la que ya existía. Esto es distinto de un rebalanceo: rebalancear devuelve la cartera a una asignación ya decidida; revisar el perfil de riesgo y el horizonte puede llevar a decidir una asignación distinta -- y solo entonces, si procede, rebalancear hacia ella.\n\nEl plan de inversión, ya visto en el Módulo 8 de Nivel 1, es lo que da disciplina a este proceso: define de antemano cuándo y con qué criterio se revisa la cartera, en vez de reaccionar de forma improvisada a un movimiento concreto del mercado. Revisar una cartera con esa disciplina reduce la probabilidad de que una decisión impulsiva -- vender por pánico en una caída, o concentrar la cartera en lo que mejor ha rendido recientemente -- sustituya al criterio ya construido en los módulos anteriores.\n\nLa revisión periódica también es el momento de reconsiderar el coste fiscal acumulado, ya visto en el Módulo 5: una revisión que ignore la plusvalía generada por una venta, o la posibilidad de aplicar la compensación de pérdidas, puede generar más coste fiscal del necesario sin mejorar realmente la cartera.\n\n## Ejemplo\n\nUn inversor revisa su cartera una vez al año, según su propio plan de inversión. En una de esas revisiones detecta que su horizonte temporal se ha acortado significativamente -- se acerca el momento en que necesitará ese dinero -- y decide, por ese motivo, reducir el peso de las acciones en su asignación de activos. No se trata de un rebalanceo hacia la asignación anterior, sino de una revisión que cambia la propia asignación objetivo.\n\n## Errores frecuentes\n\n- Confundir \"revisar la cartera\" con \"rebalancear la cartera\" -- revisar puede llevar a cambiar la asignación objetivo; rebalancear siempre vuelve a una asignación ya decidida.\n- Revisar la cartera de forma reactiva, solo cuando el mercado se mueve con fuerza, en vez de con la disciplina que fija el plan de inversión.\n- Vender posiciones en una revisión sin considerar el coste fiscal de esa venta ni la posibilidad de aplicar la compensación de pérdidas.\n\n## Resumen\n\nRevisar periódicamente una cartera es comprobar si sigue siendo coherente con el perfil de riesgo y el horizonte temporal del inversor -- no solo si se ha desviado de su asignación objetivo. El rebalanceo, ya visto en el Módulo 4, es una posible acción resultante de esa revisión, no toda la revisión. El plan de inversión da disciplina al proceso, y el coste fiscal acumulado debe considerarse en cada revisión.\n\n## Autoevaluación\n\n¿Por qué revisar una cartera no es lo mismo que rebalancearla?\n\n¿Por qué conviene revisar una cartera con la disciplina que fija un plan de inversión, en vez de reaccionar a un movimiento concreto del mercado?","bodyHtml":"<h2>Objetivos</h2>\n<p>Al terminar esta lección entiendes cómo y cuándo revisar periódicamente una cartera para mantenerla coherente con el perfil de riesgo y el horizonte temporal del inversor, más allá de rebalancear una posición desviada.</p>\n<h2>Contenido</h2>\n<p>El Módulo 4 ya explicó cuándo y con qué criterio rebalancear una cartera que se ha desviado de su asignación objetivo -- por calendario o por umbral de desviación. Esta lección no repite esos criterios: trata la revisión periódica en un sentido más amplio, del que rebalancear es solo una de las acciones posibles, no la única.</p>\n<p>Revisar una cartera periódicamente significa comprobar si sigue siendo coherente con el perfil de riesgo y el horizonte temporal del inversor -- no solo si los pesos de cada posición se han desviado de la asignación original. Las circunstancias vitales cambian: un cambio de ingresos, la proximidad de una meta financiera, o una variación real en la tolerancia al riesgo del inversor pueden justificar revisar la propia asignación de activos, no solo reajustarla a la que ya existía. Esto es distinto de un rebalanceo: rebalancear devuelve la cartera a una asignación ya decidida; revisar el perfil de riesgo y el horizonte puede llevar a decidir una asignación distinta -- y solo entonces, si procede, rebalancear hacia ella.</p>\n<p>El plan de inversión, ya visto en el Módulo 8 de Nivel 1, es lo que da disciplina a este proceso: define de antemano cuándo y con qué criterio se revisa la cartera, en vez de reaccionar de forma improvisada a un movimiento concreto del mercado. Revisar una cartera con esa disciplina reduce la probabilidad de que una decisión impulsiva -- vender por pánico en una caída, o concentrar la cartera en lo que mejor ha rendido recientemente -- sustituya al criterio ya construido en los módulos anteriores.</p>\n<p>La revisión periódica también es el momento de reconsiderar el coste fiscal acumulado, ya visto en el Módulo 5: una revisión que ignore la plusvalía generada por una venta, o la posibilidad de aplicar la compensación de pérdidas, puede generar más coste fiscal del necesario sin mejorar realmente la cartera.</p>\n<h2>Ejemplo</h2>\n<p>Un inversor revisa su cartera una vez al año, según su propio plan de inversión. En una de esas revisiones detecta que su horizonte temporal se ha acortado significativamente -- se acerca el momento en que necesitará ese dinero -- y decide, por ese motivo, reducir el peso de las acciones en su asignación de activos. No se trata de un rebalanceo hacia la asignación anterior, sino de una revisión que cambia la propia asignación objetivo.</p>\n<h2>Errores frecuentes</h2>\n<ul><li>Confundir &quot;revisar la cartera&quot; con &quot;rebalancear la cartera&quot; -- revisar puede llevar a cambiar la asignación objetivo; rebalancear siempre vuelve a una asignación ya decidida.</li><li>Revisar la cartera de forma reactiva, solo cuando el mercado se mueve con fuerza, en vez de con la disciplina que fija el plan de inversión.</li><li>Vender posiciones en una revisión sin considerar el coste fiscal de esa venta ni la posibilidad de aplicar la compensación de pérdidas.</li></ul>\n<h2>Resumen</h2>\n<p>Revisar periódicamente una cartera es comprobar si sigue siendo coherente con el perfil de riesgo y el horizonte temporal del inversor -- no solo si se ha desviado de su asignación objetivo. El rebalanceo, ya visto en el Módulo 4, es una posible acción resultante de esa revisión, no toda la revisión. El plan de inversión da disciplina al proceso, y el coste fiscal acumulado debe considerarse en cada revisión.</p>\n<h2>Autoevaluación</h2>\n<p>¿Por qué revisar una cartera no es lo mismo que rebalancearla?</p>\n<p>¿Por qué conviene revisar una cartera con la disciplina que fija un plan de inversión, en vez de reaccionar a un movimiento concreto del mercado?</p>","sortOrder":2,"readingMinutes":7,"difficulty":"Intermedio","url":"/academy/portfolio-management/construccion-de-cartera/revision-periodica-de-una-cartera"}],"graphSummary":{"root":{"type":"concept","id":"87","depthFromRoot":0,"entity":{"type":"concept","slug":"plusvalia","term":"Plusvalía","excerpt":"Ganancia sujeta a tributación al vender un activo por un precio superior al que se pagó por él -- se materializa al vender, no antes, y no debe confundirse con ningún método de valoración."}},"depth":1,"returnedNodes":1,"truncated":false,"hasCycle":false,"nodes":[{"type":"concept","id":"87","depthFromRoot":0,"entity":{"type":"concept","slug":"plusvalia","term":"Plusvalía","excerpt":"Ganancia sujeta a tributación al vender un activo por un precio superior al que se pagó por él -- se materializa al vender, no antes, y no debe confundirse con ningún método de valoración."}}],"edges":[]},"relatedNews":[],"relatedEntities":[]}